Por Francisco José Sierra. Director de I+D+i de empresa de servicios energéticos
La Unión Europea ha fijado como objetivo alcanzar la neutralidad climática en el año 2050 y en la Directiva 27/2012/UE de Eficiencia Energética impone a los Estados Miembros la obligación de establecer objetivos de ahorro energético y cuantificar los ahorros generados a lo largo del año. Esta directiva establece que cada país debe determinar el mecanismo para asegurar el cumplimiento de los objetivos y permite la creación de un Fondo Nacional de Eficiencia Energética como vía de financiación.
En España, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico estrenó hace más de un año un Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE), cuyo objetivo es precisamente acelerar el ahorro de energía y promover las actuaciones de eficiencia energética.
Antes de entrar en detalles, es importante explicar que un Certificado de Ahorro Energético es un documento electrónico que garantiza que, tras llevar a cabo una actuación de eficiencia energética, se ha logrado un nuevo ahorro en kWh de energía final.
Se pueden monetizar los kWh/año ahorrados en una instalación después de llevar a cabo una actuación de eficiencia energética por medio de los CAE. Las empresas que están obligadas a contribuir al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, principalmente comercializadoras de gas y electricidad y distribuidoras de productos derivados del petróleo y gas licuado, serán los potenciales compradores de los CAE.
Además de estos sujetos obligados y los propietarios de los ahorros (empresas, personas individuales o comunidades de propietarios que llevan a cabo las actuaciones de eficiencia energética), existe una figura intermediaria llamada sujeto delegado. Su papel consiste en favorecer y promover las actuaciones de mejora de la eficiencia energética por parte de los propietarios, valorar los ahorros generados y realizar la intermediación entre el propietario del ahorro y el sujeto obligado para rentabilizarlos por medio de los CAE.
No todos los proyectos son susceptibles de generar ahorros convertibles en CAE. Se podrán certificar las actuaciones estandarizadas dentro de un catálogo elaborado por el Ministerio, como la sustitución de una caldera de combustible fósil existente por una bomba de calor o las mejoras en la envolvente térmica del edificio. También se contemplan las llamadas actuaciones singulares, que son aquellas que no están incluidas en las estandarizadas pero que también generan un ahorro anual de consumo de energía final para un usuario o empresa, aunque son más complejas y su gestión y cálculo no están estandarizados.
Estos Certificados de Ahorro Energético ya se utilizan en otros países europeos como Bélgica, Dinamarca, Francia, Italia y Reino Unido, y han contribuido a dinamizar este tipo de actuaciones.
Las comunidades de propietarios cuentan hoy con una herramienta clave para financiar las inversiones en sus edificios y mejorar su confort y ahorro energético mediante la rehabilitación energética. Es importante tener en cuenta que los usuarios podrían recuperar hasta un 40 % de la inversión realizada en las obras de mejora gracias a estos Certificados de Ahorro Energético.
La implementación del sistema CAE en nuestro país representa un paso decisivo, incentivador y tractor en el camino hacia la descarbonización. Tenemos la firme convicción de que estos certificados desencadenarán de manera significativa iniciativas destinadas a fortalecer la eficiencia energética en España, acercando este concepto clave a los consumidores finales. Al mismo tiempo, confiamos en que contribuirán de manera flexible y eficaz a la consecución de los objetivos de ahorro de energía comprometidos con la Unión Europea.
Fuente de la noticia: ciudadycomunidad.cafmadrid.es