A partir de 2026, miles de inquilinos en España podrán reclamar a sus caseros la reducción de la fianza por alquiler de vivienda si han mantenido el contrato durante cinco años. Esta medida se basa en el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que establece que, una vez transcurrido este período, el depósito puede ajustarse al límite legal según la renta vigente, lo que podría suponer la devolución de parte del dinero al arrendatario.
Qué establece la LAU sobre la fianza por alquiler de vivienda
El artículo 36 de la LAU determina que, al firmar un contrato, la fianza por alquiler de vivienda habitual debe ser de una mensualidad de renta, mientras que para arrendamientos de uso distinto, como locales u oficinas, debe ser de dos mensualidades. Durante los primeros cinco años del contrato (o siete si el propietario es una persona jurídica) no se actualiza la fianza, pero al renovarse el arrendamiento después de ese período, el arrendador puede solicitar un aumento y el inquilino pedir una reducción, hasta igualar la cantidad legal de una o dos mensualidades según corresponda.
Cómo solicitar la devolución y su impacto
En la práctica, esto significa que un inquilino puede reclamar que la fianza por alquiler de vivienda se ajuste a la mensualidad vigente. Por ejemplo, si un contrato firmado en 2021 por 700 euros incluía dos meses de fianza (1.400 euros) y en 2026 la renta se actualiza a 800 euros, el inquilino podría solicitar que la fianza se reduzca a 800 euros, recuperando así 600 euros. Para ello, el arrendatario debe enviar una carta al propietario citando el artículo 36 de la LAU, indicando que al cumplirse la prórroga a partir del quinto año solicita la disminución de la fianza hasta el importe legal.
En caso de que el casero se niegue, el inquilino podría resolver la situación mediante una reclamación amistosa o, en última instancia, a través de un procedimiento judicial. Esta actualización de la fianza supone un alivio económico para los arrendatarios frente a los crecientes precios del alquiler de vivienda, permitiendo ajustar los depósitos al valor real de la renta vigente.
Fuente de la noticia: inmonews.es